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Guía · Coste anual

Coche de autónomo o de empresa: qué gastos se pueden deducir y cómo tributa

Si usas el coche para trabajar, Hacienda no lo trata igual en el IVA, en el IRPF y en el Impuesto sobre Sociedades. Te explicamos las reglas generales de 2026, el coche de empresa que usa un trabajador y el kilometraje, sin letra pequeña.

5 min de lectura Revisada el por Cristian Agudo

En esta guía
  1. 01El IVA del coche: la regla del 50 %
  2. 02El IRPF del autónomo: solo si es exclusivo
  3. 03El coche de una sociedad
  4. 04El coche de empresa que usa un trabajador
  5. 05Si usas tu propio coche para la empresa
  6. 06Lo que nunca se deduce: las multas

En pocas palabras

  • IVA: un autónomo puede deducir, en principio, el 50 % del IVA del coche y de su gasolina, peajes y taller, si puede demostrar que lo usa para trabajar. Algunos oficios llegan al 100 %.
  • IRPF: el coche de un autónomo solo cuenta como gasto si lo usa solo para trabajar. Si también lo usa para lo personal, no cuenta, salvo en unos pocos oficios.
  • Coche de empresa: si la empresa te deja usarlo para lo tuyo, se suma a tu sueldo un 20 % al año de lo que costó. Con un eléctrico, ese importe baja un 30 %.
  • Coche propio para la empresa: te pueden pagar hasta 0,26 € por kilómetro sin que pagues IRPF por ello.

Esta guía explica las reglas generales de 2026 en todo el país salvo País Vasco y Navarra, que tienen sus propios impuestos. Cada caso tiene matices: antes de decidir, consúltalo con tu asesor o con la Agencia Tributaria.

El IVA del coche: la regla del 50 %

Cuando un autónomo o una empresa compra un coche, Hacienda presume que lo usa la mitad para trabajar. Por eso, en principio, puede deducir el 50 % del IVA.

Ese mismo porcentaje vale para todo lo que el coche necesita:

  • El combustible o la electricidad.
  • Los recambios y accesorios.
  • Las reparaciones.
  • Los peajes y el aparcamiento.

También sirve si el coche es de alquiler o de renting, y para motos y todoterrenos.

Quién tiene que demostrar qué

  1. Primero tienes que poder demostrar que usas el coche, al menos en parte, para tu trabajo. Que esté en tu contabilidad no basta.
  2. Si quieres deducir más del 50 %, lo tienes que demostrar tú.
  3. Si Hacienda cree que lo usas menos, es Hacienda quien tiene que demostrarlo.

Los que llegan al 100 %

Se presume que el coche se usa del todo para trabajar en estos casos:

  • Vehículos mixtos que transportan mercancías.
  • Taxis y otros servicios de transporte de viajeros.
  • Coches de autoescuela.
  • Coches del fabricante para pruebas, demostraciones o promoción.
  • Representantes y agentes comerciales, en sus viajes de trabajo.
  • Servicios de vigilancia.

El IRPF del autónomo: solo si es exclusivo

En el IRPF la regla es mucho más estricta. Un turismo solo cuenta como parte del negocio si se usa exclusivamente para trabajar. Si también lo usas para lo personal, aunque sea poco, no cuenta, y no hay un reparto por porcentajes como en el IVA.

Hay excepciones en las que sí se permite un uso personal ocasional:

  • Vehículos mixtos que transportan mercancías.
  • Taxis y transporte de viajeros.
  • Autoescuelas.
  • Representantes y agentes comerciales.
  • Coches que se alquilan a otros de forma habitual.

Fíjate en que la lista no es igual que la del IVA: en el IRPF no están los de vigilancia ni los del fabricante, pero sí los coches de alquiler.

Cuando el coche sí cuenta, los gastos tienen que estar relacionados con la actividad, justificados con factura y apuntados en los libros del negocio. Si tributas por módulos, tu rendimiento no se calcula con los gastos reales, sino con los módulos de tu actividad.

Coches eléctricos nuevos

Los coches eléctricos e híbridos enchufables nuevos, que estén dedicados al negocio y empiecen a usarse en 2024, 2025 o 2026, se pueden amortizar libremente. Es decir, puedes contar su coste como gasto al ritmo que elijas, en vez de repartirlo en varios años. Sirve para autónomos (también en módulos) y para sociedades, pero sigue haciendo falta que el coche esté dedicado a la actividad.

El coche de una sociedad

En el Impuesto sobre Sociedades no hay una regla del 50 % ni de uso exclusivo. La regla general es que el gasto del coche se puede deducir si:

  • Está apuntado en la contabilidad.
  • Está justificado, con factura.
  • Está relacionado con la actividad de la empresa.

Si el coche lo usa un socio o un administrador para lo suyo, entran otras reglas que esta guía no cubre.

El coche de empresa que usa un trabajador

Si tu empresa te deja un coche y puedes usarlo para tus cosas, eso es parte de tu sueldo. Se llama retribución en especie y paga IRPF.

  • Cuánto se suma a tu sueldo: el 20 % al año de lo que le costó el coche a la empresa, con impuestos e IVA incluidos. Si el coche es de renting o alquiler, el 20 % se calcula sobre lo que costaría nuevo.
  • Lo que cuenta es que puedas usarlo, lo uses o no. Si solo puedes usarlo parte del tiempo, se cuenta esa parte.
  • El seguro, el impuesto de circulación y el mantenimiento ya están incluidos en ese 20 %. La gasolina que pague la empresa se suma aparte.

Rebajas para coches eficientes

RebajaQué cocheCondiciones
15 %Euro 6Hasta 120 g/km de CO2 y precio nuevo sin impuestos de hasta 25.000 €
20 %Euro 6 híbrido, de GLP o de gas naturalHasta 120 g/km de CO2 y precio nuevo sin impuestos de hasta 35.000 €
30 %Eléctrico de batería o de autonomía extendidaSin límite de precio
30 %Híbrido enchufableAl menos 15 km de autonomía eléctrica y precio nuevo sin impuestos de hasta 40.000 €

Un ejemplo con números

Es el ejemplo de la propia Agencia Tributaria. Un coche que costó 30.000 €, que tiene la rebaja del 20 % y que el trabajador puede usar para lo suyo el 70 % del tiempo:

  1. 20 % de 30.000 € = 6.000 €.
  2. Con la rebaja del 20 %: 6.000 − 1.200 = 4.800 €.
  3. Solo el 70 % de uso personal: 4.800 × 70 % = 3.360 € al año que se suman al sueldo.

Si la empresa no te descuenta el ingreso a cuenta de ese importe, también se suma.

Si usas tu propio coche para la empresa

Si vas con tu coche a ver clientes o a otro centro de trabajo, la empresa te puede pagar hasta 0,26 € por kilómetro sin que pagues IRPF por ello. Además, los peajes y el aparcamiento que justifiques. Tienes que poder demostrar que el viaje se hizo.

  • Lo que te paguen por encima de 0,26 € por kilómetro paga IRPF como sueldo.
  • Ir de casa al trabajo no cuenta: si te pagan ese trayecto, tributa como sueldo, aunque vivas en otro municipio.

Para saber cuánto te cuesta de verdad cada kilómetro, usa la calculadora del coste anual del coche.

Lo que nunca se deduce: las multas

Las multas no son un gasto deducible ni para las empresas ni para los autónomos, tampoco las de tráfico.

Fuentes

Esta guía explica la norma general y no es asesoramiento fiscal ni legal. Tu caso puede tener detalles que cambien el resultado: ante una duda concreta, consulta con tu ayuntamiento, Tráfico, tu comunidad o una gestoría. Así trabajamos: política editorial.

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