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Santa Cruz de Tenerife

Impuesto de circulación en Santa Cruz de Tenerife 2026

En Santa Cruz de Tenerife, un coche de 8 a 11,99 caballos fiscales paga 34,08 € al año. El ayuntamiento multiplica la cuota mínima de la ley por 1,00 en ese tramo.

País Vasco y Navarra tienen su propio impuesto y no están incluidos.

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Este año (2026)

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Impuesto de circulación

Cuotas de 2026 que cada ayuntamiento comunicó a Hacienda. No incluye bonificaciones (eléctricos, híbridos, históricos): esas dependen de la ordenanza de tu municipio.

Cuánto paga cada coche en Santa Cruz de Tenerife

Estas son las cuotas de 2026 que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife comunicó a Hacienda, comparadas con el mínimo que fija la ley y con lo normal en la provincia de Santa Cruz de Tenerife (la mediana de sus 54 municipios).

Caballos fiscalesSanta Cruz de TenerifeMínimo legalProvincia
Menos de 812,62 €12,62 €16,41 €
De 8 a 11,9934,08 €34,08 €44,30 €
De 12 a 15,9971,94 €71,94 €93,52 €
De 16 a 19,9989,61 €89,61 €116,49 €
20 o más112,00 €112,00 €145,60 €

De media, Santa Cruz de Tenerife cobra 1,00 veces el mínimo de la ley, es decir, prácticamente el mínimo. En el tramo más habitual es más barato que el 100 % de los municipios de España.

Bonificaciones en Santa Cruz de Tenerife

Según su ordenanza fiscal, el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife rebaja el impuesto en estos casos:

  • −100 %

    Vehículos históricos

    Sin límite de años

    Vehículos históricos según el Reglamento de Vehículos Históricos.

    Hay que pedirla (carácter rogado).

  • −100 %

    Vehículos de 25 años o más

    Sin límite de años

    Vehículos con al menos 25 años desde su fabricación (si no se conoce, desde la primera matriculación), que cumplan la normativa de seguridad en la circulación.

    Hay que pedirla acreditando la antigüedad; se aplica desde el año siguiente al de la solicitud.

  • −75 %

    Coches eléctricos

    6 años desde la primera matriculación

    Eléctricos e híbridos homologados de fábrica (eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas) con emisiones de CO2 por debajo de 95 g/km. Con 95-100 g/km la bonificación es del 50 %. Incompatible con las demás bonificaciones.

    El primer año la deduce el propio titular en el trámite de alta, indicando el supuesto. Del 2.º al 6.º año hay que pedirla (solicitud, DNI, ficha técnica y permiso de circulación); se aplica el año siguiente a la solicitud.

  • −75 %

    Híbridos

    6 años desde la primera matriculación

    Híbridos (eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas) homologados de fábrica y con catalizador: 75 % si emiten menos de 95 g/km de CO2; 50 % si emiten entre 95 y 100 g/km. La ordenanza no distingue enchufables de no enchufables.

    El primer año la deduce el propio titular en el trámite de alta, indicando el supuesto. Del 2.º al 6.º año hay que pedirla (solicitud, DNI, ficha técnica y permiso de circulación); se aplica el año siguiente a la solicitud.

  • −75 %

    Coches de gas (GLP o GNC)

    6 años desde la primera matriculación

    Vehículos de gas metano, metanol, hidrógeno, GNC, GNL, GLP o mixtos GLP-gasolina (de fábrica o instalados después con certificado): 75 % con menos de 95 g/km de CO2; 50 % con 95-100 g/km.

    El primer año la deduce el propio titular en el trámite de alta, indicando el supuesto. Del 2.º al 6.º año hay que pedirla (solicitud, DNI, ficha técnica y permiso de circulación); se aplica el año siguiente a la solicitud.

  • −75 %

    Coches de menos de 95 g/km de CO2

    6 años desde la primera matriculación

    Cualquier vehículo con emisiones de CO2 menores de 95 g/km: 75 %. Con 95-100 g/km: 50 %.

    El primer año la deduce el propio titular en el trámite de alta, indicando el supuesto. Del 2.º al 6.º año hay que pedirla (solicitud, DNI, ficha técnica y permiso de circulación); se aplica el año siguiente a la solicitud.

Las bonificaciones no están incluidas en la calculadora de arriba: réstalas tú del resultado si te tocan. Consulta la ordenanza fiscal de Santa Cruz de Tenerife para ver todos los requisitos.

Cuándo se paga en Santa Cruz de Tenerife

En 2026, el plazo para pagar el impuesto de circulación en Santa Cruz de Tenerife es del 20 de mayo al 22 de julio de 2026. Si lo domicilias, tienes un 5 % de descuento.

Fuente: calendario fiscal de Santa Cruz de Tenerife

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Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga de impuesto de circulación en Santa Cruz de Tenerife?

Depende de los caballos fiscales. En 2026, un coche de menos de 8 paga 12,62 € al año; uno de 8 a 11,99, 34,08 €; y uno de 20 o más, 112,00 €.

¿Cuándo se paga en Santa Cruz de Tenerife?

En 2026, el plazo para pagarlo es del 20 de mayo al 22 de julio de 2026. Si lo domicilias, tienes un 5 % de descuento.

¿Los coches eléctricos pagan menos en Santa Cruz de Tenerife?

Sí. La ordenanza de Santa Cruz de Tenerife rebaja un 75 % a coches eléctricos (6 años desde la primera matriculación). El primer año la deduce el propio titular en el trámite de alta, indicando el supuesto. Del 2.º al 6.º año hay que pedirla (solicitud, DNI, ficha técnica y permiso de circulación); se aplica el año siguiente a la solicitud.

¿Es caro el impuesto de circulación en Santa Cruz de Tenerife?

En el tramo más habitual, de 8 a 11,99 caballos fiscales, Santa Cruz de Tenerife cobra 34,08 €: más barato que el 100 % de los municipios de España. En la provincia de Santa Cruz de Tenerife, lo normal son 44,30 €.

Guías para entenderlo

Fuentes

Revisado por Cristian Agudo el 22 de octubre de 2026. El resultado es orientativo y no es asesoramiento fiscal.

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