Las zonas de Terrassa, una a una
Centro
Calles dentro del área delimitada por el passeig del Vint-i-dos de Juliol, el parc de Vallparadís, la carretera de Montcada, la carretera de Martorell, l'avinguda d'Àngel Sallent y el carrer de Santa Maria de Mazzarello (estas vías quedan fuera).
- Horario:
- Laborables de lunes a viernes, de 7:00 a 20:00 h
- En vigor desde:
- 20 de mayo de 2024
- No
- Sí
- Sí
- Sí
- Sí
Sin etiqueta: prohibido en horario de la ZBE salvo exenciones o autorizaciones inscritas en el registro (hasta 24 días al año de acceso esporádico, ir a un aparcamiento público con convenio, residentes empadronados en la ZBE con el vehículo censado allí a la entrada en vigor, plaza de aparcamiento en la ZBE, rentas bajas por debajo de 2 veces el IPREM, autónomos a 5 años o menos de la jubilación con M2/M3/N1/N2/N3, compra de vehículo nuevo pendiente, talleres, tratamientos médicos periódicos, etc.). Fuera de horario (noches, fines de semana y festivos) no hay restricción.
Próximos cambios: Según la disposición transitoria primera de la ordenanza modificada (BOPB 14-11-2025), hasta el 30-04-2026 las sanciones no se aplicaban a N1, N2, N3, M2 y M3; desde el 1-05-2026 se aplican a todas las categorías de vehículos más contaminantes (salvo exentos o autorizados). La etiqueta B no está restringida por la ordenanza municipal.
Quién puede entrar aunque su etiqueta no lo permita
- Vehículos de transporte de personas con movilidad reducida (VPMR), inscritos en el registro
- Servicios de emergencia y esenciales (médicos, funerarios, protección civil, bomberos, policía, servicios públicos municipales)
- Vehículos que transportan personas enfermas o con discapacidad que condiciona el uso del transporte público
- Matrícula extranjera con emisiones equivalentes a una etiqueta válida
- Autorización diaria: hasta 24 días al año, o para ir a aparcamientos de uso público con convenio
- Autorización temporal: vehículos singulares (anexo 4), actividades o eventos autorizados, tratamientos médicos periódicos, talleres (pruebas)
- Autónomos a 5 años o menos de la jubilación (M2, M3, N1, N2, N3) y personas con ingresos inferiores a 2 veces el IPREM (ajustado por unidad familiar), renovable anualmente
- Residentes empadronados en la ZBE con vehículo censado allí, titulares de plaza de aparcamiento en la ZBE o de permiso permanente de áreas peatonales, a la entrada en vigor y hasta la revisión de la ZBE
Cómo entrar si tu coche no puede
Sin etiqueta, puedes pedir hasta 24 autorizaciones diarias al año en el Registro de vehículos autorizados a la zona de bajas emisiones. También puedes pedir autorización para ir a un aparcamiento público dentro de la zona que tenga convenio con el Ayuntamiento. Hay exenciones y autorizaciones para movilidad reducida, servicios esenciales, enfermedades y vehículos extranjeros. También para residentes empadronados en la zona con el coche censado allí y titulares de plaza de aparcamiento dentro. Y para rentas bajas, autónomos cerca de la jubilación y otros casos. Fuera del horario (laborables de 7 a 20 h) no hay restricción.
- Comprueba la etiqueta de tu coche en la DGT. Con B, C, ECO o CERO entras sin trámite.
- Si no tiene etiqueta, inscribe el vehículo en el Registro de vehículos autorizados a la zona. Después, pide la autorización del día que entres (máximo 24 al año). El portal zbe.cat incluye la zona de Terrassa y tiene área personal. Pero no se ha podido confirmar en la web municipal que el registro de Terrassa se haga allí.
- Si vas a un aparcamiento público dentro de la zona, comprueba que tenga convenio con el Ayuntamiento. La autorización se gestiona a través del sistema de control de ese aparcamiento.
- Si tienes derecho a una exención o a una autorización temporal, pídela en el mismo registro.
Plazos: Tienes hasta 24 horas después de entrar; con urgencia médica justificada, tres días contando el mismo día. Puede cambiar si la norma que regule el registro dice otra cosa.
Trámites oficiales: Registro de vehículos de las ZBE de Cataluña (área personal) · Web municipal de la ZBE de Terrassa
Sí: puedes pedir una autorización diaria para aparcar en un aparcamiento público de la zona, si tiene convenio municipal para controlar las entradas. No cuenta en el máximo de 24 días; no se ha podido conseguir la lista oficial de aparcamientos con convenio.
A qué vehículos se aplica: Vehículos de las categorías L (motos y ciclomotores), M (turismos, autobuses) y N (furgonetas y camiones) sin distintivo ambiental de la DGT.
Multa: 200 €